GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO
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Registro administrativo que depende del ministerio de hacienda en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, la inscripción en el registro es obligatoria y gratuita, características que lo diferencian del Registro de la Propiedad.
La descripción catastral de los bienes inmuebles incluye sus características físicas, jurídicas y económicas, entre las que se encuentran su localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivo, representación gráfica, valor catastral y titular catastral.
Ofrece los siguientes servicios:
Información tanto de carácter general como respecto a inmuebles concretos, respetando las limitaciones establecidas para el acceso a los datos protegidos, en la legislación vigente.
Asesoramiento y asistencia para el cumplimiento de las obligaciones con el catastro, así como para la presentación de todo tipo de documentación.
Expedición de certificados de los datos que consten en el catastro, solicitados en sus oficinas o por correo convencional.
Emisión de cartografía, ortofotografías y otros documentos.
Acceso telefónico y telemático gratuito para contactar con la línea directa y acceder a los servicios electrónicos del catastro.
Recepción y tramitación de los escritos presentados de manera presencial o enviados por correo convencional.
Horario de atención:
De lunes a viernes de 9 a 14h